Se trata de un producto financiero (fondo de inversión donde cualquier particular en base a unas condiciones puede invertir) que solo y únicamente puede ofrecer el banco BBVA en determinadas CCAA, dotado con cerca de 123 M€, que tiene como propósito financiar proyectos de desarrollo urbano sostenible que mejoren la eficiencia energética, utilicen las energías renovables y que sean desarrollados por empresas de servicios energéticos (ESEs) u otras empresas privadas. Es decir, es un cauce que establecen los bancos promovidos por la Comunidad Europea para que capital de particulares pueda ser utilizado en proyectos de futuro cuyo rendimiento se estima será positivo, de manera que gane el particular que presta su dinero y la empresa a la que le prestan el dinero inicial para desarrollar dicho proyecto (no es una ayuda, es un préstamo en cuanto a la empresa o ente que lo recibe).
En la actualidad con el proyecto de Ley de Servicios Profesionales muchos son los que creen que deberían fijarse honorarios mínimos, ante la continua bajada de los precios en la construcción. Hasta 1996 en España esos honorarios estaban fijados para los profesionales de la construcción, pero tras la reforma de 1996 la Ley de Colegios Profesionales (LCP) sólo fijaba unos baremos con carácter informativo. Esto se debió a que una normativa europea prohibía que existieran honorarios.
La reforma de 2009 de LCP siguió con la liberalización del mercado añadiendo la prohibición de que se fijaran esos baremos orientativos o recomendados para los honorarios. Por lo que en la actualidad esos honorarios no existen, sin embargo, en Alemania existe una regulación para los honorarios, ¿por qué ahí no "está prohibido" según la legislación europea?
En Alemania existe un reglamento federal con rango de ley para los honorarios de arquitectos e ingenieros, el HOAI, Honorarordnung für Architekten und Ingenieure(cuya traducción por el CSCAE puede consultarse al final de esta noticia), cuya versión actual entró en vigor el 18 de agosto de 2009.







