lunes, 28 de julio de 2014

AYUDAS AL ALQUILER RIOJA 2013-2016

Aquí tenéis un breve resumen de las ayudas aprobadas para el alquiler de vivienda por el Gobierno de La Rioja para el periodo 2013-2016, a través del Decreto 31/2014 de 25 de Julio y la Orden 3/2014 de 25 de Julio.

Requisitos:

  • Ser persona física mayor de edad.
  • Que la vivienda arrendada se destine a residencia habitual y permanente.
  • Ser titular de un contrato de alquiler con arreglo a la LAU (Ley de arrendamientos urbanos 29/1984), que deberá. O en vistas de tenerlo con plazo en el plazo de un mes desde la fecha de aprobación de la ayuda.
  • Que la vivienda arrendada sea residencia habitual y permanente del arrendatario.
  • Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada no superen, conjuntamente, el límite de 2,5 veces IPREM "http://www.iprem.com.es/ (si las solicitudes no agotan el presupuesto previsto, este límite podría ampliarse hasta 3 veces IPREM).
  • Que la renta mensual de la vivienda arrendada no supere los 450 euros/mes incluidos garaje y trastero y excluidos los gastos de comunidad.
  • Que el esfuerzo económico de la unidad de convivencia supere el 25% de los ingresos (los ingresos, en número de veces IPREM, se ponderarán por el número de miembros de la unidad familiar a razón de los siguientes coeficientes multiplicativos: 1 para un miembro, 0,94 para dos miembros, 0,88 para tres miembros y 0,70 para cuatro o más miembros).
  • El arrendatario no debe tener parentesco en primer o segundo grado con el arrendador.
  • El arrendatario no debe ser socio o participe de la persona física o jurídica que actúe como arrendador.
  • Esta ayuda es compatible con ayudas sociales únicamente.
Cuantías:
  • Será de hasta el 40% de la renta anual que se satisfaga por el alquiler de la vivienda, con un límite máximo anual de 2.160 euros.
  • Se abonará mensualmente por el importe proporcional al montante anual que corresponda.
  • No tiene efectos retroactivos a la fecha de publicación del Decreto 31/2014 de 25 de Julio.
  • Se concede por un periodo de 12 meses prorrogable a solicitud del interesado por sucesivos periodos de 12 meses hasta la finalización del plan, teniendo en cuenta que la fecha límite para percibir esta ayuda será, en cualquier caso, el 31 de diciembre de 2016, independientemente de que no se hubieran cobrado todas las mensualidades reconocidas. Es decir, dos años como mucho.
Condicionantes y proceso de valoración de la ayuda:

  • La prioridad para obtener la ayuda será para las familias con menos recursos en base a la fórmula (ingresos ponderados/límite máximo de ingresos). "Los ingresos ponderados los barema la consejería con los datos aportados por Hacienda para unidad de convivencia de la familia correspondiente".
  • Si la unidad convivencial está compuesta por una sola persona, el límite máximo de ingresos persona adulta IPREM x 1. 
  • Por cada miembro mayor de 14 años se computará 0,5 veces IPREM y 0,3 veces IPREM por cada persona adicional menor de esa edad.

A la cantidad resultante se le añadirá la puntuación obtenida según el esfuerzo económico de la unidad de
convivencia (1 punto por esfuerzo entre 25 y 30%; 2 puntos por esfuerzo entre 30 y 35%; 3 puntos por esfuerzo entre 35 y 45%; 4 puntos por esfuerzo superior al 45%).
En el caso de que alguno de los miembros de la unidad de convivencia esté incluida en alguno de los colectivos de protección preferente, la puntuación aumentará en los siguientes términos (pudiendo agregarse los puntos si se incurre en más de un caso):
  • 0,20 puntos: familias numerosas o monoparentales con hijos a cargo, discapacitados, dependientes o menores de 35 años que aporten a la unidad convivencial la mayor parte de los ingresos.
  • 0,40 puntos: afectados por desahucios o víctimas de violencia de género.
  • 0,60 puntos: perceptores de prestaciones por riesgo de exclusión social, embarazadas en situación de desprotección y/o riesgo de exclusión social o unidades convivenciales procedentes de infraviviendas.
Documentación:

  • Solicitud.http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=493702&IdDoc=848902
  • Lugar de presentación: Dirección General de Urbanismo y Vivienda (C/ Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/ Capitán Cortés, Nº 1, en Logroño y los de otras localidades de La Rioja) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
  • Documentación aportada: El contrato de arrendamiento de la vivienda, o en su caso, el importe estimado a pagar si no existe el contrato, que se presentará en el plazo de 30 días desde la aprobación de la ayuda.
  • Recibo de pago del arrendamiento correspondiente a la última mensualidad vencida a la fecha de la publicación de la convocatoria.
  • Nota simple informativa de consulta al índice central expedida por el registro de la propiedad de los solicitantes de la ayuda y de todas las personas que tengan su residencia habitual y permanente en la vivienda arrendada.
  • Fotocopia del Libro de Familia si es familia numerosa o monoparental con hijos a cargo.
  • En el caso de afectados por desahucios o familias procedentes de infravivienda, deberá aportarse la documentación judicial, bancaria, notarial o resolución administrativa que la justifique. 
  • Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada por banco o caja de ahorros y firmada por el interesado. No será necesaria su presentación si ya ha sido presentada con anterioridad o se ha tramitado telemáticamente a través de la página web del Gobierno de La Rioja.

Los puntos clave y los recovecos de estas ayudas.

  • No tiene compromiso de permanecía. Es decir, si te conceden la ayuda, la estas cobrando y de repente decides dejar el alquiler, no hay ningún problema, la dejas de cobrar y nada más.
  • Si el alquiler lo controla una entidad como el IRVI, o la administración, el precio del alquiler si esta regulado, pero si el alquiler es entre particulares y de repente al arrendador se le ocurre poner un precio alto, nadie lo controla y el importe de la ayuda podría subir. Únicamente se refleja en el decreto que no a todas las solicitudes que cumplan con los requisitos se les aprobará la ayuda.


Enlace a información del Gobierno de La Rioja:

viernes, 13 de junio de 2014

PRESUPUESTOS PARA TRABAJOS DE REFORMA DE VIVIENDAS

OS DEJO UN ENLACE A LA PAGINA WEB DONDE ESTAMOS REGISTRADOS MULTITUD DE TÉCNICAS DE DIFERENTES COMPETENCIAS, EN TODO EL TERRITORIO ESPAÑOL, PARA LA REALIZACIÓN DE REFORMAS DE LOS SIGUIENTES TIPOS:



SI LO NECESITÁIS PODÉIS PONEROS EN CONTACTO EN:
O EN EL TELEFONO: 622 768 898


CALCULA Y COMPARA EL CONSUMO ENERGÉTICO ELÉCTRICO Y DE GAS

PASOS A SEGUIR PARA HACER UNA CORRECTA ESTIMACIÓN EN LAS MEJORAS ENERGÉTICAS SEGÚN TARIFAS DISTRIBUIDORES SECTOR ELECTRICO



  • VAMOS A SUPONER QUE EN UN CERTIFICADO ENERGÉTICO DE ELECTRICIDAD DE UNA VIVIENDA DE 66,68 M2, DA 198,20 KWH/M2.AÑO.
  • ENTRAMOS EN UNA DE LAS PAGINAS WEB DE COMPARACIÓN ENERGÉTICA, QUE DISPONE DE DATOS ACTUALIZADOS DE CADA UNA DE LAS COMPAÑÍAS DISTRIBUIDORES QUE OPERAN EN ESPAÑA. COMO POR EJEMPLO http://www.comparatarifasenergia.es/

domingo, 1 de junio de 2014

ASECENER GESTORES DE EFICIENCIA ENERGETICA

Hola queridos colaboradores, hoy os añado información de una empresa con la estoy en colaboración, su nombre es ASECENER, se dedican a la gestión de la eficiencia energética para viviendas de todo tipo contando con asesores en toda la península.


Podéis acceder a sus servicios en el siguiente enlace que os dejo.


En su pagina web podéis obtener presupuestos de vuestros certificados, cédulas de habitabilidad e información relativa a la mejora de la eficiencia energética, que al fin al cabo es de lo que se trata.

Espero que os resulte interesante.

CE3X V1.3 NUEVA VERSION DEL PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO

El Ministerio de Industria ha sacado una nueva versión mejorada del programa CE3X la versión 1.3, con las siguientes novedades.

En la sección correspondiente al programa CE3X podéis descargar el ejecutable correspondiente, para que hagáis vuestro trabajo lo mejor posible, desde el enlace que os dejo a continuación.


Siempre a vuestra disposición.
INGETT.

martes, 27 de mayo de 2014

AUTOCONSUMO: ENERGIA MINIEOLICA PARA PEQUEÑOS CONSUMIDORES

La Asociación de Productores de Energías Renovables, explica que la Energía Minieólica es el aprovechamiento de los recursos eólicos mediante el uso de aerogeneradores de potencia menor a 100 kW. Plantea su instalación en lugares aislados de la red eléctrica, y también genera energía de manera distribuida, produce electricidad y puede complementase en instalaciones híbridas con placas fotovoltaicas.

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EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA MINI-EÓLICA

En los años 30 en EEUU se fabricaban aerogeneradores que se instalaban en lugares donde estos pequeños aparatos eran la única fuente de electricidad, como granjas y ranchos. Se utilizaron miles de aerogeneradores, pero en los años 40 la electricidad llegó al medio rural, e hizo que la industria de minieólica desapareciera, y no fue hasta los años 70, con la crisis del petróleo, tanto en EEUU como en Europa, cuando esta tecnología volvió a recuperar su interés.
origen aerogeneradores turbulencias vibraciones

jueves, 8 de mayo de 2014

KIT SOLAR AUTOCONSUMO INYECCION CERO 500W MONITORIZACIÓN WEB

Queridos visitantes, aquí os añado información sobre uno de los productos de la compañía efimarket.com, que pretende que seamos más libres e independientes en el consumo de energía, además de fomentar un uso democrático de la misma, espero que sea de vuestro interés.
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http://www.efimarket.com/kit-solar-autoconsumo-inyeccion-cero-500w-monitorizacion-web

Kit Solar Autoconsumo Inyección Cero 500W + Monitorización Web

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sábado, 1 de marzo de 2014

ILUMINACIÓN EFICIENTE DE BAJO COSTE

Os paso unos enlaces y ofertas de iluminación de Led de todo tipo de la empresa efimarket.com. Podreis valorar mejor la renovación de vuestras bombillas según las mejoras propuestas en las certificaciones energéticas.

Bombillas LED: http://www.efimarket.com/iluminacion

jueves, 13 de febrero de 2014

LAS SUBASTAS QUE FIJABAN EL PRECIO DE LA LUZ DESAPARECEN EN ABRIL 2014

Debido a la actual crisis energética en la que esta sumida este gobierno (y futuros a este paso), en cuanto al acuerdo de subasta de energía entre las generadoras de electricidad, las distribuidoras, las empresas mayoristas consumidoras (que pujan en grupo por mejores precios) y las familias que consumen en sus hogares (los que pagan el pato), ahora ya no basta con que entre el gobierno, las generadoras y las empresas mayoristas consumidoras, pacten el precio de la energía para periodos de 3 meses (la ultima subió un 11% el termino de consumo), porque como se ha visto no hay forma de que se pongan de acuerdo.

miércoles, 5 de febrero de 2014

AGENTES DE CONTROL DE CERTIFCACIÓN ENERGÉTICA A, B, C EDIFICIOS

Novedades en Materia de Control de Certificados de Eficiencia Energética

Debido al grave descontrol existente en materia de Certificación Energética desde la Administración se ha propuesto la figura del Agente Autorizado para la Comprobación de la Certificación Energética.

Datos personales