miércoles, 5 de febrero de 2014

AGENTES DE CONTROL DE CERTIFCACIÓN ENERGÉTICA A, B, C EDIFICIOS

Novedades en Materia de Control de Certificados de Eficiencia Energética

Debido al grave descontrol existente en materia de Certificación Energética desde la Administración se ha propuesto la figura del Agente Autorizado para la Comprobación de la Certificación Energética.





Este Agente se encargará de comprobar que los certificados de clase A, B o C sea hayan hecho correctamente atendiendo y cumpliendo la Ley de Eficiencia Energética 235/2013.

La designación de estos Agentes (la realiza la Comunidad Autónoma correspondiente) y sus servicios a la Administración quedan regulados según la Ley de Ordenación de la Edificación http://www.boe.es/boe/dias/1999/11/06/pdfs/A38925-38934.pdf (RD 410/2010 de 31 de Marzo http://www.boe.es/boe/dias/2010/04/22/pdfs/BOE-A-2010-6368.pdf ) en su artículo 14 (Modificada por al artículo 15 de la Ley 25/2009 de 22 de diciembre http://www.boe.es/boe/dias/2009/12/23/pdfs/BOE-A-2009-20725.pdf ).

Trabajo del controlador (OCAces)

  • Prestar asistencia técnica y entregar resultados de su actividad.
  • Comprobar la calidad del certificado de alta calificación (A, B, C).
  • Deben aportar documentación de Declaración Responsable para proceder al control.
  • Pueden actuar en todo el territorio español, con la autorización del organismo competente de la Comunidad Autonóma correspondiente.
  • Debe demostrar que cuenta con la implantación de sistema de gestión de la calidad según la norma UNE-EN ISO/IEC 17020 (ISO, EFQM...).
  • Debe asegurar su independencia, imparcialidad e integridad.
  • Debe demostrar que cuenta con los medios, capacidad, personal y equipos adecuados para tal fin.


Requisitos para ser un OCAces

  • Titulación Ingeniero Industrial, Arquitecto Industrial, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, con experiencia dentro de los últimos 5 años.
  • Contar con póliza de seguro de responsabilidad civil con cuantía mínima de 1 millón de euros.
  • Estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.


Pasos a seguir para ser un OCAces

  1. Presentación de la declaración responsable.
  2. Resolución de inscripción en el registro de OCAce.
  3. Si la resolución es positiva se publicará.
  4. Cualquier modificación en la declaración responsable se comunicará.


Documentación exigible al controlador

  • Documentación definitoria de campo de actuación.
  • Manual de calidad.
  • Documentos de procedimientos y registros.
  • Posibles estudios de auditorias externas o informes técnicos favorables por un organismo competente.
  • Podrá incluir seguro de responsabilidad civil.

Espero vuestras opiniones







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