viernes, 20 de febrero de 2015
QUE HACER EN UNA VISITA DE MEDICION DE CERTIFICACION ENERGETICA
" Mediciones
claves para eficiencia energética"
1. Introducción: Marco legislativo – Eficiencia Energética
• Código Técnico de la Edificación.
• Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007)
2. Mediciones claves para Auditorías energéticas.
• Detección de puentes térmicos
• Transmitancia térmica de la envolvente
• Puntos con riesgo de condensación
• Caudales de extracción / impulsión
• VEEI (valor de eficiencia energética en la instalación)
• Rendimientos energéticos en generadores de calor
• Rendimientos energéticos en generadores de refrigeración
1. Introducción: Marco legislativo – Eficiencia Energética
• Código Técnico de la Edificación.
• Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RD 1027/2007)
2. Mediciones claves para Auditorías energéticas.
• Detección de puentes térmicos
• Transmitancia térmica de la envolvente
• Puntos con riesgo de condensación
• Caudales de extracción / impulsión
• VEEI (valor de eficiencia energética en la instalación)
• Rendimientos energéticos en generadores de calor
• Rendimientos energéticos en generadores de refrigeración
jueves, 20 de noviembre de 2014
ENACE ACUERDOS TROVIMAP TUINPER
La entidad ENACE, encargada de asegurar que las certificaciones energéticas son correctas mediante certificadores titulados y acreditados, a establecido la relación necesaria con dos entidades inmobiliarias.
Enlace información ENACE: http://www.enace.es/Web/es/plataformas-colaboradoras.html
Fuente: http://www.enace.es/Web/es/plataformas-colaboradoras.html
Escribe tu opinion
- TROVIMAP: http://www.trovimap.com/
- TUINPER: http://tuinper.com/
Enlace información ENACE: http://www.enace.es/Web/es/plataformas-colaboradoras.html
Fuente: http://www.enace.es/Web/es/plataformas-colaboradoras.html
Escribe tu opinion
ECO-HIPOTECA Y CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA
Desde hace ya un tiempo estamos observando que el sector de las energías renovables se esta movilizando para combatir los planes estatales que penalizan el uso de este tipo de energías limpias.
Anteriormente, diferentes compañías de seguros estaban pensando en ofrecer cambios en los precios de los seguros de vivienda en función de lo eficiente que sería la vivienda o la mejora implementada para ello.
En muchas ocasiones estas ideas (no tan futuristas en términos de negocio tangible y pero si en términos de futuro económico), se iban al traste y quedaban en papel mojado.
Pues bien, lo ultimo ha sido una idea formada desde la banca ética, que posiblemente tenga auge de cara a futuro. Y es que porque no ofrecer tipos de interés en hipotecas en función de la calificación energética del inmueble a hipotecar.
Por ejemplo, según la página web http://www.certificadosenergeticos.com/ecohipoteca-certificado-eficiencia-energetica-edificios?utm_source=certificadores&utm_campaign=7cd0cee671-19noviembre&utm_medium=email&utm_term=0_3c5744e167-7cd0cee671-56906177, la banca ética TRIODOS BANK, se está ofreciendo la ECO-HIPOTECA, que fundamental se define de la siguiente manera.
ECO-HIPOTECA DE TRIODOS BANK
Es un tipo de préstamo hipotecario que promueve la eficiencia energética de los inmuebles, en este caso, de la vivienda habitual. Dicho préstamo considera un tipo de interés asociado a la calificación energética del inmueble, de manera que a mejor calificación, menor es el tipo de interés.
El indicador de la letra o calificación energética se refiere al indicador global de las emisiones de CO2 de la vivienda, el cual aparece en la primera hoja del certificado de eficiencia energética. Si estás buscando una vivienda para comprarla, tienes derecho a conocer su calificación energética a través del anuncio que promocione su venta. Disponer de certificado energético del inmueble, y mostrar la calificación energética, es una obligación del propietario.
CÁLCULO DEL TIPO DE INTERÉS DE LA ECO-HIPOTECA
Este tipo de producto contribuye a la promoción de la eficiencia energética en los edificios. Una vivienda con una buena calificación energética, consume menos energía y reduce por tanto sus emisiones de CO2, sin por ello restar calidad y confort térmico en su espacio interior.
El tipo de interés se calcula sumando al Euribor (12 meses) un diferencial, cuyo valor depende de la calificación energética de la vivienda: una vivienda con letra G optará a un diferencial del 2%, mientras que una vivienda con la letra A+, optará a un diferencial el 1,65%:
VENTAJAS QUE OFRECE LA MEJORA DE LAS VIVIENDAS
- Aumenta el valor de la propiedad (beneficio económico).
- Se trata de una inversión, porque el ahorro económico en la factura energética, permite recuperar el coste de las actuaciones para la mejora de la calificación energética de la vivienda (beneficio económico).
- La Rehabilitación Energética de edificios crea empleo sostenible (beneficio social).
- Con una buena calificación energética de la vivienda, puedes optar a un préstamo con un interés más ventajoso, solicitando la eco-hipoteca.
- Existen subvenciones y ayudas públicas para la mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- Beneficios fiscales en la renta.
Fuentes: 1. http://www.certificadosenergeticos.com/. 2. https://www.triodos.es/es/particulares/
Escribe tu opinión
lunes, 28 de julio de 2014
AYUDA CONTRATOS DE MANTENIMIENTO INSTALACIONES RIOJA 2013-2016
Aquí os dejo un breve resumen, de las ayudas aprobadas por el Gobierno de La Rioja para fomentar los contratos de mantenimiento de instalaciones de edificios, a través del Decreto 31/2014 de 25 de Julio y la orden 6/2014 de 25 de Julio.
Requisitos:- Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter residencial, que firmen el contrato de mantenimiento permanente de inmuebles y sus instalaciones generales antes de que finalice el año 2016.
- El contrato de mantenimiento del edificio tendrá por objeto las revisiones periódicas que deban realizarse con arreglo a lo establecido en el Plan de mantenimiento del edificio o las mínimas establecidas por la orden de ayudas correspondiente.
- La duración mínima del contrato de mantenimiento será de 1 año. Se podrán subvencionar las prórrogas o renovaciones del contrato de mantenimiento del edificio, previa solicitud en la correspondiente convocatoria de ayudas, siempre y cuanto la duración de la prórroga o la renovación sea como mínimo de 1 año.
- Los beneficiarios estarán obligados a:
- Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la administración concedente, a las de control financiero que corresponda a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.
- Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
- El incumplimiento de estas obligaciones será causa suficiente para el inicio de un expediente de reintegro de las cantidades que pudieran haberse cobrado indebidamente.
- La ayuda consistirá en una subvención máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del contrato de mantenimiento del edificio en el periodo del año de vigencia.
- Será incompatible con otras ayudas concedidas por cualquier administración, entidad u organismo público para la misma finalidad.
- Los años de antigüedad del edificio se valorarán con la siguiente puntación: menor o igual a quince años, 1 punto; entre 15 y 30 años, 2 puntos; más de 30 años, 3 puntos. Para determinar la antigüedad del edificio se tendrá en cuenta la fecha de finalización del edificio (entendiéndose por tal, la fecha de terminación total de las obras de construcción que será por este orden, la del certificado final de obras, la de la licencia de primera ocupación, la establecida por estimación técnica en función de su tipología y características constructivas o cualquier otro medio de prueba admisible en derecho).
- El nivel de protección del edificio: para edificios considerados Bien de interés cultural en los términos previstos en Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, 3 puntos; para edificios catalogados en el planeamiento municipal, 2 puntos. En caso de que el edificio pueda estar incluido en las dos topologías se aplicará el baremo más alto.
- Los años de duración del contrato de mantenimiento: para contratos entre 1 y 5 años, 1 punto; para contratos entre 6 y 10 años, 2 puntos; para contratos entre 10 y 15 años, 3 puntos.
- NOTA: A igual puntuación se priorizarán los edificios con mayor número de viviendas.
- Solicitud: http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=493702&IdDoc=848732
- Lugar de presentación: Dirección General de Urbanismo y Vivienda (C/ Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/ Capitán Cortés, Nº 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
- Documentación a aportar:
- En el caso de comunidades de vecinos o agrupaciones de comunidades, acta de la reunión de la comunidad que contenga el acuerdo de solicitar la ayuda por la formalización del contrato de mantenimiento integral del edificio, el nombramiento del representante de la comunidad o comunidades para intervenir en la tramitación del expediente, el número de viviendas que integran el edificio y el de metros cuadrados de superficie útil de los locales incluidos en costes.
- Código de identificación fiscal de la comunidad de propietarios.
- Contrato en vigor de mantenimiento del inmueble y recibo de pago de la última anualidad vencida a la fecha de publicación de la convocatoria.
- Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada por banco o caja de ahorros y firmada por el representante. No será necesaria su presentación si ya ha sido presentada con anterioridad o se ha tramitado telemáticamente a través de la página web del Gobierno de La Rioja.
Puntos clave y recovecos de estas ayudas:
- La concesión de las ayudas, aunque se cumpla con todos los requisitos y la valoración sea la más óptima, siempre quedará a decisión del consejero correspondiente la concesión de la misma.
- Esta ayuda si tiene efectos retroactivos. Es decir, si el contrato tiene fecha desde 1 Enero 2014, y vigencia mínima de un año, se concederá la ayuda correspondiente para dicho importe anual.
Enlace del Gobierno de La Rioja a la ayuda:
http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=493702&IdDoc=848728
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