lunes, 28 de julio de 2014

AYUDA CONTRATOS DE MANTENIMIENTO INSTALACIONES RIOJA 2013-2016

Aquí os dejo un breve resumen, de las ayudas aprobadas por el Gobierno de La Rioja para fomentar los contratos de mantenimiento de instalaciones de edificios, a través del Decreto 31/2014 de 25 de Julio y la orden 6/2014 de 25 de Julio.

Requisitos:
  • Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de carácter residencial, que firmen el contrato de mantenimiento permanente de inmuebles y sus instalaciones generales antes de que finalice el año 2016.
  • El contrato de mantenimiento del edificio tendrá por objeto las revisiones periódicas que deban realizarse con arreglo a lo establecido en el Plan de mantenimiento del edificio o las mínimas establecidas por la orden de ayudas correspondiente.
  • La duración mínima del contrato de mantenimiento será de 1 año. Se podrán subvencionar las prórrogas o renovaciones del contrato de mantenimiento del edificio, previa solicitud en la correspondiente convocatoria de ayudas, siempre y cuanto la duración de la prórroga o la renovación sea como mínimo de 1 año.
  • Los beneficiarios estarán obligados a:
    • Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la administración concedente, a las de control financiero que corresponda a la Intervención General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas.
    • Comunicar la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales.
  • El incumplimiento de estas obligaciones será causa suficiente para el inicio de un expediente de reintegro de las cantidades que pudieran haberse cobrado indebidamente.
Cuantías:
  • La ayuda consistirá en una subvención máxima de 20 euros por cada una de las viviendas de las que conste el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local sin que en ningún caso pueda superarse la cantidad de 500 euros, ni el 50% del coste del contrato de mantenimiento del edificio en el periodo del año de vigencia.
Valoraciones y proceso de puntuación para la concesión de la ayuda:
  • Será incompatible con otras ayudas concedidas por cualquier administración, entidad u organismo público para la misma finalidad.
  • Los años de antigüedad del edificio se valorarán con la siguiente puntación: menor o igual a quince años, 1 punto; entre 15 y 30 años, 2 puntos; más de 30 años, 3 puntos. Para determinar la antigüedad del edificio se tendrá en cuenta la fecha de finalización del edificio (entendiéndose por tal, la fecha de terminación total de las obras de construcción que será por este orden, la del certificado final de obras, la de la licencia de primera ocupación, la establecida por estimación técnica en función de su tipología y características constructivas o cualquier otro medio de prueba admisible en derecho).
  • El nivel de protección del edificio: para edificios considerados Bien de interés cultural en los términos previstos en Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja, 3 puntos; para edificios catalogados en el planeamiento municipal, 2 puntos. En caso de que el edificio pueda estar incluido en las dos topologías se aplicará el baremo más alto.
  • Los años de duración del contrato de mantenimiento: para contratos entre 1 y 5 años, 1 punto; para contratos entre 6 y 10 años, 2 puntos; para contratos entre 10 y 15 años, 3 puntos.
  • NOTA: A igual puntuación se priorizarán los edificios con mayor número de viviendas.
Documentación:

  • Solicitud: http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=493702&IdDoc=848732
  • Lugar de presentación: Dirección General de Urbanismo y Vivienda (C/ Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C/ Capitán Cortés, Nº 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).
  • Documentación a aportar:
    • En el caso de comunidades de vecinos o agrupaciones de comunidades, acta de la reunión de la comunidad que contenga el acuerdo de solicitar la ayuda por la formalización del contrato de mantenimiento integral del edificio, el nombramiento del representante de la comunidad o comunidades para intervenir en la tramitación del expediente, el número de viviendas que integran el edificio y el de metros cuadrados de superficie útil de los locales incluidos en costes.
    • Código de identificación fiscal de la comunidad de propietarios.
    • Contrato en vigor de mantenimiento del inmueble y recibo de pago de la última anualidad vencida a la fecha de publicación de la convocatoria.
    • Ficha de alta de terceros, debidamente cumplimentada por banco o caja de ahorros y firmada por el representante. No será necesaria su presentación si ya ha sido presentada con anterioridad o se ha tramitado telemáticamente a través de la página web del Gobierno de La Rioja.
Puntos clave y recovecos de estas ayudas:

  • La concesión de las ayudas, aunque se cumpla con todos los requisitos y la valoración sea la más óptima, siempre quedará a decisión del consejero correspondiente la concesión de la misma.
  • Esta ayuda si tiene efectos retroactivos. Es decir, si el contrato tiene fecha desde 1 Enero 2014, y vigencia mínima de un año, se concederá la ayuda correspondiente para dicho importe anual.

Enlace del Gobierno de La Rioja a la ayuda:
http://www.larioja.org/npRioja/default/defaultpage.jsp?idtab=493702&IdDoc=848728

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